Un estudiante de secundaria en Chihuahua obtuvo amparo contra medida disciplinaria basada en patrones estéticos, toda vez que de acuerdo a un juez, las autoridades no justificaron por qué los alumnos hombres deben portar cierto tipo de corte de cabello y la relación o impacto ello tiene en el proceso de enseñanza -aprendizaje.
El Consejo de la Judicatura Federal informó que ante la negativa de autoridades educativas de una secundaria en Chihuahua de permitir el ingreso a clases y la imposición de medidas disciplinarias al estudiante por la falta de corte de cabello, el padre del menor promovió una demanda de amparo por considerar que se discriminaba a su hijo a partir de patrones estéticos.
EN SU RESOLUCIÓN
La autoridad jurisdiccional determinó que es inconstitucional la disposición contenida en el Reglamento Escolar 2014-2015, en el Capítulo 3. De la Disciplina que impone al alumnado masculino el “corte de pelo natural oscuro”, pues violenta en perjuicio de la población varonil el ejercicio de sus derechos de acceso a la educación y libre desarrollo de la personalidad.